Eximición de tasas Municipales para Actividades exceptuadas

Desde Municipio informaron a la Cámara de Comercio de San Rafael que aquellas actividades que pudieron continuar sus actividades a lo largo de la pandemia y, a pesar de ello sufrieron un grave impacto económico, pueden presentar una nota para acceder al beneficio de eximición o imputación del crédito 2021 para tasas por Derecho de Comercio Industria y Actividades Civiles y Tasa Ecológica. También abarca a las bodegas que se dedican al enoturismo.

Dicha nota debe presentarse en la Cámara de Comercio a la brevedad posible, según nota modelo que podrá descargarse aquí y presentando en adjunto el comprobante pago de IIBB o IVA o declaración contable de los meses de marzo y abril 2020, que demuestre la afectación económica.

Esta acción surge del Artículo 2 de la Ordenanza 13665 que determina: Instruméntese para el año 2021, un sistema de imputación por crédito para aquellos contribuyentes, comercios e industrias que hayan realizado el pago anual del año 2020 o el bimestre marzo/abril del 2020 en concepto de tasas por “Derechos de Comercio, Industria y Actividades Civiles” y por “Tasa Ecológica” previo al decreto 297/2020. En los casos de actividades exceptuadas en que el contribuyente invoque de forma verosímil una grave afectación, según lo previsto en el artículo 1°, el pedido deberá formalizarse mediante presentación escrita, dentro del ejercicio 2020, ante la Dirección de Recaudación, la cual resolverá los casos presentados, a fin de otorgar la eximición o la imputación del crédito para el año 2021 según corresponda, mediante resolución de la Dirección de Recaudación Municipal.

 

Ordenanza completa aquí 13665 ordenanza eximicion tasas san rafael