La Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael comunica que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, a través de la Resolución 1.165/2023 publicada en el Boletín Oficial, estableció que los trabajadores temporarios contratados por las leyes 26.727 y 20.744 (art. 96), y alcanzados por Convenios de Corresponsabilidad Gremial, tienen derecho a acceder o continuar con la Prestación Alimentar (Tarjeta Alimentar), siempre y cuando los ingresos del grupo familiar no superen los límites establecidos para el otorgamiento de asignaciones familiares.
La CCIA ha visibilizado en diversas oportunidades la falta de mano de obra para el desarrollo de actividades temporales (sobre todo la cosecha), debido a que los trabajadores temían perder los beneficios sociales.
La nueva resolución beneficiará a más de 60.000 trabajadores registrados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en 2022, sumadas todas aquellas personas que a partir de esta medida se incorporen al trabajo rural temporario y estacional.
Vale recordar que, en agosto de 2021, el DNU 514/2021 compatibilizó la percepción de los planes y programas sociales y de empleo, con el trabajo registrado en actividades temporales y estacionales. En diciembre de ese mismo año, en tanto, la Resolución 1734/21 desacopló la Tarjeta Alimentar y los trabajadores estacionales perdieron ese beneficio, lo que generó desconfianza en quienes no querían perder la Tarjeta Alimentar.