El jueves 25 de mayo es feriado de carácter inamovible por conmemorarse el Día de la Revolución de Mayo, y el viernes 26 es feriado con fines turísticos.
Ambas jornadas tienen alcance dominical (si se trabaja, se paga doble), según lo establece la LEY DE ESTABLECIMIENTO DE FERIADOS Y FINES DE SEMANAS LARGOS Nº 27.399/17.
En ese contexto, desde la institución se les solicita a los socios que completen la siguiente encuesta. La finalidad es, a partir de los resultados, informar a la comunidad cómo será el funcionamiento del sector comercial durante ambos días.