Contribuciones patronales a sectores agrícolas

La norma que comenzó a regir a partir del 1 de Marzo de este año, y hasta el 31 de Diciembre de 2021, elevó el mínimo no imponible de diferentes sectores de la agricultura industrial.

De esta forma, los empleadores no pagan cargas patronales por remuneraciones brutas menores a $17509,20. Superado ese monto, deberán aplicar una alícuota única del 40% sobre el excedente de ese monto, correspondiente al ingreso mensual de las contribuciones patronales.

Con estos cambios, correspondientes al Decreto 128/2019, buscan favorecer a aquellos sectores agrícolas que atraviesan una situación financiera difícil, para facilitar así el cumplimiento de obligaciones impositivas y de seguridad social.

Seguí leyendo

Siempre actualizado

Suscríbase a nuestro boletín de noticias