Luego de las reuniones realizadas con el gobernador, autoridades de la Provincia, asociaciones y entidades del sector productivo, en las que participó la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael, se acordó hacer efectivas las medidas para atenuar el impacto en la facturación del servicio eléctrico. Estas acciones tienen alcance para los usuarios encuadrados en Tarifa Riego Agrícola y sectores productivos con fuerte requerimiento estacional.
Los impactos en las tarifas relacionadas a Riego Agrícola están asociados por una parte, a los incrementos en los consumos del período noviembre 2017 – enero 2018, respecto del mes inmediato anterior y el mismo período de los años 2015 – 2016. Por otro lado también inciden las variaciones tarifarias producto de la aplicación de la Resolución de la Secretaría de Energía de la Nación Nº 1091 E/17 (costos de abastecimiento) y Decreto Provincial Nº 1163/17 –2310/17 (Valor Agregado de Distribución).
Ante esta situación se fijaron dos alternativas para facilitar el pago de los costos de la energía eléctrica:
Tope de Facturación con Tarifa de Referencia
Consiste en una aplicación de un tope a la facturación con Tarifa de Referencia, para aquellos casos en que el subtotal resultante de aplicar la Tarifa de Referencia supere al subtotal resultante de aplicar la Tarifa Pago Distribuidora. De acuerdo a esto se aplicará un descuento en la facturación equivalente al “Cargo o Ajuste Tarifa de Referencia” que se haya facturado. Esta medida, de acuerdo a lo analizado, alcanza al 25% promedio de las facturas de Riego Agrícola, en particular aquellas con alto nivel de consumo, en relación a la potencia demandada.
La aplicación de lo dispuesto, de carácter excepcional y por única vez, será retroactivo a las facturas emitidas en el mes de diciembre 2017 (consumo noviembre 17), enero 2018 (consumo diciembre 17) y de aplicación a la facturación de febrero 2018 (consumo enero 18). Esto obliga a las distribuidoras a incluir un crédito en la factura siguiente a emitirse en el caso de facturas emitidas y pagadas a la fecha y para facturas emitidas, no vencidas e impagas a la fecha, el usuario podrá solicitar en las oficinas comerciales de la distribuidora, la refacturación de las
mismas con el descuento correspondiente, modificando las fechas de vencimiento y pudiendo utilizar los créditos generados a la cancelación de saldos pendientes. En todos los casos, la alternativa que se aplique deberá respetar el alcance del beneficio otorgado al usuario regante.
El Fondo Provincial Compensador de Tarifas (FPCT) absorberá los costos asociados a esta medida, es decir, los descuentos que recibirán los regantes en su facturación, serán solventados con recursos del FPCT. Esta alternativa implica que el usuario NO necesita renunciar al Padrón de Regantes, sino que la aplicación de la Tarifa Pago Distribuidora es automática para los períodos referenciados.
Al cabo del período que alcanzará la medida excepcional, el regante, podrá analizar la conveniencia de permanecer
en el Padrón de Regantes, de acuerdo a su nivel de consumo, estructura y nivel tarifario vigentes.
El EPRE deberá instruir a las distribuidoras respecto de la aplicación de este descuento en las facturas de los usuarios, indicando período y leyenda a incluir. Asimismo deberá indicar el modo a presentarse en las declaraciones juradas, para su correspondiente aprobación y seguimiento.
Esta medida tendría un costo estimado de aplicación del orden de los $17.815.844 aproximado por los tres mes indicados (facturación emitida en diciembre 17 – febrero 18).
Aplicación Voluntaria:
Esta segunda alternativa llamada Aplicación Voluntaria, se realiza a solicitud del usuario para la facturación de enero de 2.018 y consiste en un Plan de Pago de hasta 6 (seis) cuotas, con el siguiente detalle:
1) Por excepción a pedido del usuario DOS (2) pagos;
2) Por excepción a pedido del usuario, en situación comprometida, hasta CUATRO (4) pagos;
3) Por excepción a pedido del usuario, en situación comprometida, con aval de la distribuidora, hasta SEIS (6) pagos.
En estos casos se exigirá el pago con cheques a satisfacción de la distribuidora.
Aquellas personas que deseen informarse o tengan algún inconveniente en la aplicación de estas medidas, pueden acercarse a las oficinas del EPRE de San Rafael, Bombal 283 o dirigirse a Cámara San Rafael Av. Libertador 78.